La tarifa plana de autónomos en España es una ayuda clave al empezar. Reduce la cuota mensual mientras el negocio despega. Conviene conocer requisitos y plazos. Aquí tienes una guía clara y actualizada.
Tarifa plana de autónomos: requisitos principales
La tarifa plana actual es una cuota reducida de 80 euros mensuales. Se aplica a nuevas altas en el RETA o Régimen del Mar. Busca facilitar los primeros meses de actividad. Su nombre oficial es “cuota reducida”.
Debes no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores. Serán tres años si disfrutaste antes de este incentivo. El domicilio fiscal debe estar en España. Y debes iniciar una actividad económica real.
Incluye a autónomos clásicos y, en general, a societarios si cumplen condiciones. La pluriactividad no impide acceder a la cuota reducida. Algunas bonificaciones pueden ser incompatibles entre sí. Revisa siempre las notas de la Seguridad Social.
Existen mejoras para colectivos con protección reforzada. Destacan personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o terrorismo. Sus plazos y porcentajes bonificados son mayores. Consulta la normativa específica antes de decidir.
Duración de la tarifa plana y prórrogas posibles
La duración general es de 12 meses con cuota de 80 euros. Es un periodo inicial para estabilizar ingresos. La ayuda funciona como reducción temporal. Transcurrido el año, la cuota pasa al tramo ordinario.
Puede ampliarse 12 meses adicionales si tus rendimientos netos no superan el SMI. Se entiende por rendimientos netos el beneficio tras gastos deducibles. La Seguridad Social contrasta datos con Hacienda. Si te pasas del SMI, regularizan.
La prórroga suele solicitarse antes de terminar el primer año. Se tramita online y es sencilla. A veces se concede de forma provisional. Luego se revisa con datos fiscales definitivos.
Los colectivos con protección reforzada tienen ampliaciones mayores. La duración y cuantía bonificada varían según el caso. Revisa la última versión legal aplicable. La base es el Real Decreto-ley 13/2022 del BOE.
Cómo solicitarla y enlaces oficiales para ampliar
Primero, date de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Define epígrafe y actividad. Después, tramita el alta en el RETA. Puedes hacerlo hasta 60 días antes de iniciar.
El alta se realiza en Import@ss, portal de la Tesorería. Ahí indicas fecha de inicio, datos bancarios y cobertura. La cuota reducida se aplica si cumples requisitos. Guarda justificantes y resoluciones.
Para pedir la prórroga, entra en Import@ss cerca del mes 12. Declara que prevés rendimientos bajo el SMI. La administración confirmará posteriormente con datos reales. Si procede, mantendrás 80 euros otro año.
Consulta fuentes oficiales y normativa vigente. Import@ss, portal TGSS: https://importass.seg-social.es. Seguridad Social, autónomos: https://www.seg-social.es. Agencia Tributaria: https://www.agenciatributaria.es. BOE, RDL 13/2022: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2022/07/26/13.
La tarifa plana alivia el inicio de actividad, pero exige cumplir requisitos y plazos. Planifica el alta y documenta ingresos con rigor. Revisa normativa y mantente actualizado en portales oficiales. Así aprovecharás el incentivo sin sorpresas.

